¿Puntos para la “U”? El informe arbitral contra el DT de O’Higgins

El elenco de Rancagua pudo haber salido más afectado de existir una sanción previa.
O'Higgins

Luego de la derrota de Universidad de Chile por la mínima ante O’Higgins se dio a conocer el informe arbitral. Donde en una de las partes se indicó que luego de la expulsión que sufrió el entrenador de los rancagüinos, Mariano Soso, se mantuvo dando indicaciones.

Esto lo indicó el árbitro central, Cristian Garay en el punto de incidentes u observaciones. Colocando que “el señor Mariano Soso, director técnico de O’Higgins, el cuál fue expulsado, por doble amonestación. Comenzó a dar indicaciones técnicas desde de la tribuna entregando papeles a sus colaboradores“.

La situación ocurrió posterior a su expulsión, la cual se dio en el minuto 55 del encuentro. Debido a que desaprobó con palabras o acciones a los jueces que dirigían el duelo. Además, en el caso de Soso tuvo que abandonar el banquillo por doble tarjeta amarilla.

El reglamento ante la situación de O’Higgins

Por el reglamento que está establecido en las Bases del Campeonato Nacional 2022. El entrenador, Mariano Soso quedaría suspendido solo un encuentro, a raíz de la doble amonestación que significó la roja. 

Es así que según lo que indica el Artículo 51 del reglamentoel técnico que resulte expulsado deberá, tan pronto ello ocurra, dirigirse y permanecer en una caseta del estadio mientras se dispute el partido. De no ser posible, mantenerse en el sector destinado a la dirigencia de su club. De esta forma, el Director Técnico expulsado durante el primer tiempo, no podrá dirigirse al camarín durante el entretiempo. La infracción a lo dispuesto en el presente inciso será sancionada con un partido de suspensión“.

Esto provoca que los azules no puedan solicitar los puntos, ya que el entrenador argentino no se encontraba suspendido de antemano. De así haber ocurrido, O’Higgins estaría peligrando otro tipo de sanciones en contra.

Como la que se señala en el mismo artículo de las bases. “En el evento que el Director Técnico titular de un determinado club estuviese suspendido por sanción impuesta por el Tribunal de Disciplina. Tal club no podrá tener, ni utilizar, en la banca de suplentes ningún elemento de comunicación, audio, video ni elementos computacionales, cualquiera sea su denominación. La infracción a esta disposición será considerada desacato y se aplicarán las sanciones contempladas para éste”.

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